El 14 de enero de 2017 comenzó a regir la Ley N° 20.123, que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios. La empresa que contrata debe ser subsidiaria y solidariamente responsable con los trabajadores. Dicha ley establece:
La empresa principal debe responder cuando el contratista o subcontratista, según el caso, no cumpla con sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores.
La empresa principal responde conjuntamente con el contratista o subcontratista, según el caso, respecto de las deudas laborales y previsionales que tengan éstos con sus trabajadores.
La empresa principal está informada sobre el cumplimiento laboral y previsional y de la seguridad y salud de sus empresas contratistas y sub contratistas.
La ley faculta a las empresas mandantes para retener pagos a sus contratistas en caso de que éstos no cumplan, teniendo la opción de pagar por subrogación a quien corresponda.
La Dirección del Trabajo y sus respectivas Inspecciones fiscalizará los contratos, así como el cumplimiento de las normas laborales entre las partes involucradas.